Ley 7/2003 · Ley 7/2003, de 12 de marzo, de creación de la Comarca de la Comunidad de Teruel.
Ley 7/2003 Art. 11
CAPÍTULO III
Artículo 11. Consejo Comarcal.
1. El gobierno y la administración de la Comarca de la Comunidad de Teruel corresponderán al Consejo Comarcal, integrado por el Presidente y los Consejeros.
2. El número de miembros del Consejo Comarcal es de treinta y cinco.