Ley 8/2003 · Ley 8/2003, de 12 de marzo, de Creación de la Comarca del Bajo Martín.
Ley 8/2003 Art. 26
CAPÍTULO VI
Artículo 26. Patrimonio.
El patrimonio de la comarca estará integrado por toda clase de bienes, derechos y acciones que legítimamente adquiera, bien a su constitución o con posterioridad. A tal efecto, deberá formarse un inventario, de conformidad con las disposiciones aplicables en general a las entidades locales.