Ley 6/2003 · Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana.
Ley 6/2003 Art. 138
TÍTULO VIII
Artículo 138. Competencia inspectora.
La conselleria competente desarrollará la actividad inspectora necesaria para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley y para exigir las responsabilidades derivadas de su infracción.