Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo.
Ley 1/2003 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. La Presidencia.
La Presidencia del Servicio Cántabro de Empleo es el órgano de representación del Organismo y será asumida por el titular de la Consejería competente en materia de trabajo. Le corresponde ejercer las competencias atribuidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al Presidente de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas.