Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo.
Ley 1/2003 Art. 14
CAPÍTULO II
Artículo 14. Reconocimiento.
El reconocimiento de centro colaborador se efectuará mediante convenio del Servicio Cántabro de Empleo con la entidad correspondiente, en el que se determinará el área de colaboración y su alcance.