Ley 5/2003 · Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja.
Ley 5/2003 Art. 29
CAPÍTULO V
Artículo 29. Agentes.
La vigilancia de las rutas y vías verdes se realizará por personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja especialmente habilitado para ello.
Podrán colaborar en la vigilancia la Guardia Civil y la Policía Local en el ejercicio de sus funciones.