Ley 7/2003 · Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.
Ley 7/2003 Art. 14
CAPÍTULO II
Artículo 14. Actividades formativas y de práctica profesional.
1. En relación con lo dispuesto en el artículo anterior, las actividades formativas y de práctica profesional incluidas en los proyectos individualizados de inserción sociolaboral consistirán preferentemente en la participación del destinatario en los planes o programas de formación-empleo o de empleo de interés social. Igualmente podrán ser incluidos en programas formativos o de práctica profesional, diseñados específicamente para personas en situación o riesgo de exclusión social por las distintas Administraciones Públicas, o las entidades que colaboren con las mismas.
2. Los itinerarios de inserción sociolaboral contendrán, cuando las circunstancias lo requieran, actividades formativas de carácter social en los ámbitos del desarrollo personal y de adquisición de habilidades básicas.