Ley 7/2003 · Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.
Ley 7/2003 Art. 6
Sección 1
Artículo 6. Funciones.
Son funciones del Primer Nivel de Intervención las siguientes:
a) Detectar y valorar las situaciones o riesgos de exclusión social.
b) Informar, orientar y asesorar sobre los recursos y prestaciones existentes.
c) Realizar programas de prevención e inserción social.
d) Elaborar itinerarios de inserción sociolaboral.
e) Diseñar un plan de acompañamiento sociolaboral.
f) Llevar a cabo la derivación profesional hacia los recursos y sistemas de protección adecuados.