Ley 11/2003 · Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Ley 11/2003 Art. 73
CAPÍTULO II
Artículo 73. Reparación de daños y perjuicios.
Las sanciones que puedan imponerse al infractor son compatibles con la exigencia de reposición de la situación alterada por aquél a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados, de acuerdo con las cuantías que se fijen reglamentariamente, recogiéndose todo ello en la resolución del procedimiento sancionador.