Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 3/2003 · Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.

Ley 3/2003 Art. 11

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 11. Normas generales.

1. La creación de Universidades públicas, así como el reconocimiento de Universidades privadas por parte de la comunidad autónoma, habrán de ser congruentes con la Programación Universitaria de Castilla y León.

2. Sin perjuicio de lo establecido en la legislación de ámbito estatal, la creación de Universidades públicas y el reconocimiento, en su caso, de las Universidades privadas, se realizará por Ley de Cortes de Castilla y León, previo informe del Consejo de Universidades regulado en esta Ley.