Ley 8/2003 Art. 9
TÍTULO II
Artículo 9. Intimidad y confidencialidad de la información relacionada con la salud.
Los Poderes Públicos de Castilla y León velarán por el respeto a la intimidad de las personas en las actuaciones sanitarias, por la confidencialidad de la información relacionada con la salud y por que no se produzcan accesos a estos datos sin previa autorización amparada por la Ley.