Ley 5/2003 Art. 28
CAPÍTULO SEGUNDO
Artículo 28. Planificación.
La planificación regional de la Junta de Castilla y León se constituye como instrumento de organización y coordinación de la intervención con personas mayores, debiendo contener al menos:
a) Diagnóstico de necesidades.
b) Objetivos.
c) Actuaciones.
d) Evaluación.
e) Financiación.
f) Entidades responsables y colaboradoras en el desarrollo y ejecución de la planificación.