Ley 4/2003 · Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ley 4/2003 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. De la conservación y custodia de la información.
Las unidades estadísticas conservarán y custodiarán la información obtenida como consecuencia de su propia actividad de forma que se garantice la observación de los principios establecidos en esta Ley.