Real Decreto 47/2004 · Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. Real Decreto 47/2004 Art. 5 CAPÍTULO I In KraftAmtlicher Text Artículo 5. Reuniones. Las reuniones de los Consejos serán convocadas por el Ministro de Defensa. ← Vorherige · Art. 4 Inhalt Art. 6 · Nächste →