Real Decreto 1689/2004 Art. 13
Artículo 13. Departamento de Política Económica.
1. El Departamento de Política Económica realizará estudios e informes sobre las políticas económicas de índole fiscal, presupuestaria, financiera y de empleo, así como de las relativas a las relaciones económicas internacionales.
2. Del Departamento de Política Económica depende la Subdirección General de Política Fiscal y Financiación Autonómica.