Real Decreto 50/2004 Art. 19
Artículo 19. Retribuciones de los profesores contratados doctores y profesores colaboradores.
Los profesores contratados doctores y los profesores colaboradores que presten sus servicios en la UNED serán retribuidos por los conceptos de sueldo, pagas extraordinarias, complemento de puesto y complemento de función. Además, los contratados con carácter indefinido serán retribuidos por el concepto de antigüedad.