Ley 18/2003 Art. 111
Sección 9
Artículo 111. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria o norma que le sustituya, a las que se presten los servicios sujetos a la tasa prevista en esta sección.