Real Decreto 178/2004 Art. 59
CAPÍTULO III
Artículo 59. Sanciones.
Las infracciones a lo dispuesto en la Ley 9/2003, de 25 de abril, y en este reglamento serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 35.1 de la citada ley.
CAPÍTULO III
Artículo 59. Sanciones.
Las infracciones a lo dispuesto en la Ley 9/2003, de 25 de abril, y en este reglamento serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 35.1 de la citada ley.