Real Decreto 182/2004 Art. 7
Artículo 7. Sede y apoyo técnico y administrativo.
1. La Comisión tiene su sede en el Ministerio de Sanidad y Consumo, si bien podrá celebrar reuniones en los otros lugares que determine su presidente.
2. El Ministerio de Sanidad y Consumo prestará el apoyo técnico y administrativo que resulte necesario para el correcto funcionamiento de la Comisión, de la Comisión Técnica Delegada y de los grupos de trabajo que se constituyan.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2006-08-09