Orden TAS/470/2004 Art. 5
Artículo 5. Funciones de las Comisiones de Evaluación.
Las funciones de las Comisiones de Evaluación serán las siguientes:
a) Aplicar a los aspirantes las pruebas de certificación.
b) Redactar el acta final de las pruebas de certificación que deberá estar firmada por todos los miembros de la Comisión de Evaluación y en la que constará la relación de aspirantes que han participado en dichas pruebas y su calificación en términos de apto o no apto para cada una de las unidades de competencia.
c) El Secretario se encargará de destruir los cuadernillos de las pruebas aplicadas y de remitir el acta a la Administración convocante para que incorpore los resultados al Registro Territorial y al Registro General del Servicio Público de Empleo Estatal.