Real Decreto 433/2004 Art. 8
CAPÍTULO II
Artículo 8. Estructura orgánica.
El Director propondrá las unidades orgánicas de las direcciones adjuntas, subdirecciones, jefaturas, departamentos y áreas en las que se estructura el Museo Nacional del Prado y precisará las funciones atribuidas a cada una de ellas, en el marco que a tal efecto se establezca por los Ministerios de Administraciones Públicas y de Hacienda, para su aprobación por la Comisión Permanente del Real Patronato.