Ley 6/2003 Art. 18
Sección 1
Artículo 18. Responsables.
La normativa legal reguladora de cada tasa, en su caso, podrá señalar la responsabilidad solidaria o subsidiaria de aquellas personas físicas o jurídicas que, distintas del sujeto pasivo, estén interesadas o relacionadas con los supuestos que den lugar al devengo de la tasa.