Real Decreto 542/2004 Art. 7
CAPÍTULO II
Artículo 7. Secciones de la Academia.
La Academia se dividirá en cinco secciones: Pintura, Escultura, Arquitectura, Música y Nuevas Artes de la Imagen.
Corresponden a la primera, tercera y cuarta 12 Académicos de Número, y 10 a la segunda y quinta.