Ley 10/2005 de 21 de junio · Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears.
Ley 10/2005 de 21 de junio Art. 32
Sección 3
Artículo 32. Presidencia y Vicepresidencia.
1. La Presidencia de Puertos de las Illes Balears la ocupa la persona titular de la consejería competente en materia de puertos, a la cual corresponden la representación y la dirección superior de la entidad.
2. La Vicepresidencia la ocupa la persona titular de la dirección general competente en materia de puertos. Ejerce las funciones que le asignan los estatutos y las que le delega la Presidencia de la entidad.
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