Ley 4/2005 · Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias.
Ley 4/2005 Art. 82
CAPÍTULO I
Artículo 82. Infracciones.
Las infracciones de los preceptos de la presente Ley serán objeto de sanciones administrativas, previa instrucción del oportuno expediente, y sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan concurrir.