Ley Foral 14/2004 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Configuración del Gobierno de Navarra.
El Gobierno de Navarra es el órgano colegiado que, bajo la autoridad y dirección de su Presidente, establece la política general y dirige la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, ejerce la iniciativa legislativa, la función ejecutiva, la potestad reglamentaria, y demás funciones que tenga legalmente atribuidas, de conformidad con la Constitución Española, la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y la presente Ley Foral.