Ley Foral 14/2004 Art. 44
CAPÍTULO III
Artículo 44. Incompatibilidades.
El régimen de incompatibilidades de los Consejeros del Gobierno de Navarra se determinará y regirá por lo que se establezca en la ley foral que regule las incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra.