Real Decreto 1456/2005 Art. 3
Artículo 3. Dotación de personal y presupuestaria.
Para el desempeño de sus funciones las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio contarán con la dotación de personal recogida en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo para el personal funcionario y en los catálogos de puestos de trabajo para el personal laboral. Asimismo, cuentan con los conceptos presupuestarios asignados en los Presupuestos Generales del Estado.