Acuerdo de 23 de noviembre de 2005 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Capítulo serán de aplicación a los actos judiciales organizados por las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia. Con las adaptaciones que fueren precisas, se aplicarán también a los actos organizados por las Salas de Justicia y Audiencias Provinciales.