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Ley Foral 14/2005 · Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.

Ley Foral 14/2005 Art. 13

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 13. Clases de bienes del Patrimonio Cultural de Navarra.

1. Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Navarra, a los efectos de su protección, se incluirán dentro de alguna de las siguientes clases:

a) Bienes de Interés Cultural.

b) Bienes Inventariados.

c) Bienes de Relevancia Local.

d) Los demás bienes culturales que integran el Patrimonio Cultural de Navarra, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 de esta Ley Foral, no incluidos en las clases anteriores.

2. Los bienes de las clases establecidas en las letras a), b), y c) del apartado anterior serán objeto de especial protección y a tal efecto deberán ser inscritos en el Registro de Bienes del Patrimonio Cultural de Navarra, conforme a lo establecido en el Capítulo III del presente Título.