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Real Decreto 307/2005 · Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

Real Decreto 307/2005 Art. 28

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 28. Cuantía de las ayudas.

1. Para paliar los daños en establecimientos industriales, comerciales y de servicios contemplados en el artículo 27, se concederá hasta un importe máximo de 9.224 euros, sin que, en todo caso, la suma de esta subvención y la indemnización que corresponda abonar en concepto de seguro, o cualquier otra subvención o ayuda pública o privada, supere el valor del daño o perjuicio producido.

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