Ley 7/2005 Art. 2
Artículo 2. Relaciones con la Administración General del Estado.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de poder hacerlo también a través de otro Departamento ministerial en razón de la materia de que se trate.