Ley 3/2005 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Compatibilidad con actividad representativa.
1. Los titulares de altos cargos podrán formar parte de los órganos colegiados o de otra naturaleza de las Administraciones Públicas cuando les corresponda con carácter institucional o para los que fuesen designados en función del cargo.
2. Igualmente, los titulares de altos cargos podrán representar a la Administración de la Junta de Andalucía en los órganos de gobierno o consejos de administración de empresas con capital público.
3. Las cantidades que devenguen por cualquier concepto, incluidas las indemnizaciones por asistencia, serán ingresadas directamente por el organismo o empresa en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.