Ley 9/2004 · Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores.
Ley 9/2004 Art. 20
CAPÍTULO II
Artículo 20. Funcionamiento de la Comisión.
La Comisión Permanente se reunirá al menos una vez al trimestre y de forma extraordinaria cuando sea convocada por la Presidencia o a petición de un tercio de sus miembros.