Ley 5/2006 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Funciones.
El Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, junto con las funciones de coordinación y representación de éstas, velará por la adecuación de los estatutos de las Cámaras de la Propiedad Urbana a los fines señalados en esta Ley, e informará de las modificaciones estatutarias, sin perjuicio de cualquier otra función que tenga atribuida.