Ley 2/2006 · Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Ley 2/2006 Art. 175
CAPÍTULO III
Artículo 175.
Son donaciones por razón de matrimonio las que por causa de este cualquier persona haga en favor de alguno de los contrayentes, o de ambos, antes o después de la celebración.