Ley 6/2006 · Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ley 6/2006 Art. 113
CAPÍTULO VI
Artículo 113. Colaboración ciudadana.
Los ciudadanos estarán obligados a aportar a la Comunidad Autónoma, a requerimiento de ésta, cuantos datos, documentos e informes obren en su poder que sean relevantes para la gestión y defensa de sus bienes y derechos, así como a facilitarles la realización de inspecciones y otros actos de investigación referidos a los mismos.