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Ley 10/2007 · Ley 10/2007, de 29 de marzo, de Medios Audiovisuales de Castilla-La Mancha.

Ley 10/2007 Art. 52

TÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 52. Prescripción.

1. Las infracciones reguladas en la presente ley prescribirán a los tres años las muy graves, a los dos años las graves, y a los seis meses las leves.

En el supuesto de infracción continuada, el plazo de prescripción no comenzará a contarse hasta el momento en que deje de realizarse la actividad infractora.

2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves, al año.