Ley 9/2007 Art. 39
CAPÍTULO IV
Artículo 39. Estudio e Investigación.
Las Administraciones Públicas Canarias impulsarán el estudio científico de los riesgos que pueden afectar a la población, los bienes y el patrimonio colectivo, la investigación sobre los medios y técnicas de respuesta, y los estudios sociológicos necesarios para determinar las necesidades informativas de la población.