Ley 10/2006 Art. 2
Artículo 2. Área de Influencia Socioeconómica.
1. Con objeto de contribuir a elevar la calidad de vida del municipio correspondiente, se crea el Área de Influencia Socioeconómica de la Reserva, constituida por el término municipal de Chiprana, en la provincia de Zaragoza, (Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragón-Casp).
2. El Gobierno de Aragón dictará medidas específicas para la promoción socioeconómica del área, disponiendo anualmente una partida presupuestaria con dicha finalidad.