Ley 11/2007 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. Convenios de autorregulación.
La Xunta de Galicia promoverá acuerdos y convenios de autorregulación en todos los medios de comunicación social, acercando los criterios orientadores que sirvan como pauta de actuación sobre como tratar la violencia de género y la imagen de las mujeres. Estas normas de autorregulación tendrán carácter de códigos deontológicos o de contenido ético.