Ley Orgánica 12/2007 Art. 3
TÍTULO I
Artículo 3. Responsabilidad civil y penal.
El régimen disciplinario regulado en esta Ley se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los miembros de la Guardia Civil, que se hará efectiva en la forma prevista en las correspondientes disposiciones legales.