Ley 20/2006 · Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Ley 20/2006 Art. 49
CAPÍTULO II
Artículo 49. Patrimonio.
Los consorcios locales pueden tener bienes de dominio público o patrimoniales propios o adscritos por los miembros que integran el consorcio.