Ley 23/2006 · Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.
Ley 23/2006 Art. 52
CAPÍTULO IV
Artículo 52.
Reglamentariamente se regularán el funcionamiento de la institución, los requisitos de nombramiento del Defensor o de la Defensora, la duración del cargo, las incompatibilidades, el procedimiento de su actuación, la dotación de los medios personales y económicos, así como el resto de aspectos de la institución del Defensor de la Ciudadanía.