Ley 23/2006 · Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.
Ley 23/2006 Art. 79
CAPÍTULO III
Artículo 79.
La ordenación del subsuelo se realizará mediante planes especiales y específicos que fijarán, en todo caso, el aprovechamiento urbanístico del que es susceptible, atendiendo a las determinaciones que haya establecido el Plan general.