Ley Foral 15/2006 · Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.
Ley Foral 15/2006 Art. 40
CAPÍTULO II
Artículo 40. Principios de la organización territorial.
Los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra se organizarán territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Proximidad a la ciudadanía.
c) Eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales.
d) Equilibrio y homogeneidad territorial.
e) Accesibilidad a la información y a los servicios.
f) Coordinación y trabajo en red.