Ley Foral 15/2006 · Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.
Ley Foral 15/2006 Art. 52
TÍTULO IV
Artículo 52. Financiación de los Servicios Sociales especializados.
La financiación de los Servicios Sociales especializados corresponderá a la Administración que sea titular de los servicios.