Ley Foral 16/2006 · Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego.
Ley Foral 16/2006 Art. 40
CAPÍTULO III
Artículo 40. Infracciones leves.
Las acciones u omisiones que supongan el incumplimiento de los requisitos o prohibiciones establecidos en esta Ley Foral y en sus reglamentos de desarrollo no tipificados como faltas graves o muy graves.