Ley 11/2006 · Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
Ley 11/2006 Art. 91
Sección 2
Artículo 91. Cobertura presupuestaria de los gastos derivados de la deuda.
En la sección correspondiente del estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para cada año se habilitarán los créditos para hacer frente a los reembolsos contractuales o anticipados y a los gastos financieros derivados de la deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluidos en particular los de colocación, negociación, administración y gestión de la misma.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-11-11