Real Decreto 276/2007 Art. 11
CAPÍTULO IV
Artículo 11. Régimen aplicable.
En lo no dispuesto en el presente Reglamento, las Comunidades Autónomas convocantes y los órganos de selección se acomodarán para el desarrollo de los procedimientos selectivos, en cuanto a las actuaciones que haya que realizar y los plazos señalados para ello, a lo que disponga la normativa aplicable a cada una de estas Administraciones en materia de ingreso a la Función Pública.